PREGUNTA DE DEBATE SEMANA 5 actividad 5

 

PODERES CONSTITUIDOS, CONSTITUYENTE Y CONSTITUYENTE PERMANENTE

 

A partir de la siguiente información brindada y de un análisis propio, Contesta las siguientes preguntas de debate: ¿Crees que estos poderes en realidad sean importantes para nuestro país? ¿Estas de acuerdo en la forma en la cual trabajan y en el como pueden cambiar las decisiones y leyes dentro del país? Por último ¿confías en que estos poderes toman buenas decisiones para nosotros, los ciudadanos?

PODER CONSTITUIDO:

 Los poderes constituidos, creados por la Constitución, son: el poder revisor de la misma y el tribunal constitucional, donde ellos existan; los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, y los órganos constitucionales autónomos.

No obstante, ellos no tienen la misma jerarquía constitucional; unos son jerárquicamente superiores a los otros. Podemos, entonces, referirnos a órganos o poderes constituidos primarios y a órganos o poderes constituidos secundarios. Todos son constituidos porque se crean en la Constitución, pero los primarios gozan de jerarquía superior respecto a los secundarios o, si se quiere, se puede expresar esta idea diciendo que los primarios tienen una competencia constitucional superior a los secundarios, debido a la naturaleza de sus funciones.


 

 


 

  PODER CONSTITUYENTE:

 

El poder constituyente es la potencia originaria, extraordinaria y autónoma del cuerpo político de una sociedad que dicta las normas fundamentales para la organización y funcionamiento de su convivencia política y jurídica, pudiendo sustentar o cancelar la Constitución en su pretensión de validez. Esta potestad es la “suprema capacidad y dominio del pueblo sobre sí mismo al darse por su propia voluntad una organización política y un ordenamiento jurídico”.

Así, el poder constituyente en cuanto potestad originaria, no deriva de ningún otro poder jurídico prexistente al interior de la sociedad. El poder constituyente sería un poder prejurídico en el plano de la sociedad política concernida. El poder constituyente originario es aquel que organiza y da forma jurídica a un Estado o permite que éste vuelva a refundar su orden jurídico luego de un proceso revolucionario o de un golpe de Estado, o de una decisión pacífica del cuerpo político de la sociedad, constituyendo una erupción de la libertad política del pueblo para dotarse de un nuevo orden jurídico fundamental.


 

 

 


 

 PODER CONSTITUYENTE PERMANENTE:

 

Constituyente Permanente Órgano competente para adicionar o reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se integra por las cámaras de Diputados y de Senadores y las legislaturas estatales. A nivel local se le llama órgano revisor y se integra por el Congreso local y los ayuntamientos.

De forma implícita, el Artículo 135 constitucional se refirere al Constituyente Permanente de la siguiente manera: "La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados."


 


REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS:

Humberto Nogueira Alcalá. (junio 2017). Poder constituyente, reforma de la Constitución y control jurisdiccional de constitucionalidad. Scielo

http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-91932017000100327

 

Jorge Carpizo. (s.f). Boletín Mexicano de Derecho Comparado, Número 125. Revistas jurídicas.

https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derechocomparado/rt/printerFriendly/4123/5331

SIL. (s.f). Constituyente permanente. SIL

http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=55


Comentarios

  1. Yo considero que son parte fundamental de pais por que en vase a ellos se rigue el gobierno

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  2. En base a la información proporcionada yo creo que son muy fundamentales para el país, pues por ellos está regido el mismo, yo creo que sí se cambian son por el bienestar del pueblo

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  3. Yo considero desde mi punto de vista que el poder constituyente es bastante extraordinario por surgir en ocasiones no previstas, ¡sobre todo en momentos de necesidad!, o cuando el pueblo recurre a la aplicación del mismo.
    ¡Excelente trabajo!
    Un saludo.

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  4. Sí, considero que son importante para el país ya que organizan y dan forma al país.
    Considero que su forma de trabajo debería tratar de tomar en cuenta a la sociedad para lograr una sana convivencia y sus decisiones deberían estar basadas en las necesidades de los ciudadanos.

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